El Consejo de la Juventud de Canarias cuenta con los siguientes órganos colegiados:
Asamblea General
Corresponde a la Asamblea General del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- Aprobar las líneas generales de actuación y la planificación anual del Consejo.
- Aprobar la Memoria de Gestión de la Comisión Permanente.
- Conocer la gestión y el estado de cuentas.
- Aprobar la propuesta de Presupuesto del Consejo y el Balance Económico Anual.
- Aprobar y modificar el Reglamento de régimen interior, el cual deberá ser autorizado por la Consejería competente en materia de juventud.
- Elegir a las personas miembros de la Comisión Permanente.
- Elegir a las personas representantes del Consejo de la Juventud de Canarias en el Consejo de Políticas de Juventud.
- Acordar la creación de Grupos de Trabajo.
- Resolver los procedimientos de pérdida de la condición de miembro del Consejo.
- Las demás que se le atribuyen en el presente Reglamento.
Comisión Permanente
Corresponde a la Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- Convocar, coordinar y promover la comunicación de la Comisiones especializadas, así como del resto de órganos de gobierno del Consejo de la Juventud de Canarias.
- Asumir la dirección del Consejo y su representación.
- Preparar las convocatorias de las Asambleas.
- Presentar a la Asamblea el estado de cuentas, las cifras de ingresos y gastos de la ejecución presupuestaria, el Informe Anual de Gestión, la propuesta de Presupuesto, el Plan de actuación del Consejo así como la situación patrimonial del consejo.
- Proponer a la Asamblea la reforma del Reglamento de Régimen Interior.
- Impulsar y coordinar las labores de las Comisiones Especializadas que se constituyan.
- Informar sobre las solicitudes de admisiones y sobre la tramitación de expedientes de pérdida de la condición de miembro del Consejo.
- Informar sobre la interpretación del presente Reglamento de Régimen Interior, así como velar por el cumplimiento del mismo.
- Ejecutar las decisiones de la Asamblea del Consejo.
- Autorizar los gastos en los supuestos que se establezcan en el Reglamento de Régimen Interior
- Contratar el personal al servicio del Consejo de la Juventud de Canarias y aprobar las liberaciones de personas de la Comisión Permanente que correspondan, según los criterios adoptados por la Asamblea General en el presupuesto y las bases de ejecución presupuestaria, sin perjuicio de las especificidades en la normativa vigente
- Las demás que se le atribuyen en el presente Reglamento o le sean delegadas por la Asamblea del Consejo.
Así mismo cuenta con los siguientes órganos unipersonales:
Presidencia
Corresponde a la presidencia del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- Ostentar la Presidencia de la Asamblea y de la Comisión Permanente.
- Acordar la convocatoria de las reuniones, ordinarias y extraordinarias y fijar el orden del día del Pleno y de la Comisión Permanente, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación.
- Presidir y moderar las deliberaciones del Pleno y la Comisión Permanente.
- Visar las Actas y las certificaciones de los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente.
- Coordinar la ejecución de los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente y dirigir las líneas de actuación marcadas por el Pleno del Consejo.
- Impulsar la actividad de los órganos del Consejo de la Juventud de Canarias.
- Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en el presente Reglamento y en lo que establezca el Reglamento de Régimen Interno que se desarrolle.
- Aquellas otras que le atribuya el presente Reglamento.
Vicepresidencia o vicepresidencias
Corresponden a las vicepresidencias del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- La sustitución de la Presidencia, según su orden, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
- La asistencia a la Presidencia en sus tareas propias.
- Aquellas que le sean delegadas por la Presidencia o por la Comisión Permanente.
- Aquellas otras que le atribuye el presente Reglamento.
Secretaría
Corresponde a la secretaría del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- Preparar el orden del día y notificar las convocatorias de las reuniones de la Asamblea y de la Comisión Permanente, levantando Actas de las mismas, de acuerdo con las instrucciones de la Presidencia.
- Llevar y custodiar los archivos, el libro Registro de miembros del Consejo y el libro de Actas.
- Recibir y dar cuenta a los distintos órganos del Consejo de todas las solicitudes y comunicaciones que se remitan al Consejo de la Juventud de Canarias.
- Desarrollar las tareas administrativas del Consejo de la Juventud de Canarias, sin perjuicio de las tareas atribuidas al personal al servicio del Consejo.
- Expedir, con el visto bueno de la Presidencia, las certificaciones que se soliciten por los/as interesados/as.
- Aquellas otras que le atribuye el presente Reglamento.
Tesorería
Corresponde a la tesorería del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- Custodiar y rentabilizar los fondos del Consejo de la Juventud de Canarias.
- Pagar los libramientos que autorice la Presidencia.
- Informar periódicamente a la Comisión Permanente de la situación económica del Consejo de la Juventud de Canarias.
- Redactar el borrador de los documentos contables y presupuestarios, así como los informes económicos que la Comisión Permanente ha de presentar a la aprobación de la Asamblea conforme a lo previsto en el presente Reglamento.
- Ingresar y retirar fondos de las cuentas bancarias, conjuntamente con la Presidencia, o en su caso, con persona de la Comisión Permanente designada por esta.
- Llevar un inventario minucioso y administrar los bienes del Consejo de la Juventud de Canarias.
- Controlar la contabilidad, realizar las previsiones de tesorería y verificar la caja.
- Aquellas otras funciones que le atribuya el presente Reglamento.
Vocalías
Corresponden a las vocalías del Consejo de la Juventud de Canarias las funciones siguientes:
- Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea y de la Comisión Permanente.
- Asistir a la Presidencia y al resto de la Comisión Permanente en sus funciones.
- Coordinar la Comisión Especializada asignada.
- Realizar aquellas funciones que les encomienden la Comisión Permanente.
- Aquellas otras que le atribuye el presente Reglamento.
Unidades administrativas:
El Consejo de la Juventud de Canarias no cuenta con unidades administrativas a nivel de servicio.
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