Derecho de acceso a la información pública

La solicitud de acceso a información pública del Consejo de la Juventud debe hacerse a través de Registro Electrónico General (reg.redsara.es), con indicación de la información que se quiere conocer del Consejo de la Juventud de Canarias, dirección de contacto a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la reclamación y, en su caso, la documentación acreditativa de la representación.

Asimismo, podrá presentar dicha solicitud en cualquier oficina de registro cualquier administración pública, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El escrito deberá ser dirigido a Consejo de la Juventud de Canarias (DIR3 A05039712).

Todo ello, en cumplimiento de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, que supone el desarrollo legislativo de la Comunidad Autónoma de Canarias de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

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Derecho de acceso

El órgano competente para resolver las solicitudes de acceso a la información pública que se reciban en este órgano es el propio Consejo de la Juventud de Canarias.

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El Consejo de la Juventud no ha recibido solicitudes de acceso a la información pública.

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El Consejo de la Juventud no ha recibido solicitudes de acceso a la información pública.

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Reclamaciones sobre su derecho de acceso

Toda la ciudadanía tenemos derecho a acceder a la información pública. Las administraciones públicas están obligadas por el actual marco normativo a dar publicidad a determinada información de manera activa por medio de sus portales web de transparencia , así como a satisfacer las peticiones de información que les dirija cualquier persona física o jurídica.

En el caso de que haya presentado al Consejo de la Juventud de Canarias una solicitud de acceso a la información pública y la misma no se haya contestado o no esté conforme con la respuesta que ha recibido, puede presentar su reclamación a través del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La reclamación sustituye al tradicional recurso administrativo.

Si las preguntas que no han sido contestadas son de interés  general,  la reclamación constituye un aporte del reclamante a la mejor rendición de cuentas de  los servicios públicos. 

Puede ver toda la información sobre este trámite en la página web del Comisionado de Transparencia de Canarias.

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Fecha de actualización: